sábado, 23 de junio de 2018

Violadas por la ley_PAUL B. PRECIADO


El grito de “No nos representan” se extiende contra los estamentos de las instituciones judiciales


Desde que se hizo pública la sentencia que exime a los cinco integrantes de la Manada de la violación colectiva de una joven durante las fiestas de los sanfermines en Pamplona, no han cesado, en diferentes ciudades españolas, las manifestaciones multitudinarias de rechazo, indignación y crítica contra esta decisión judicial. Pese a reconocer que la joven fue desnudada contra su voluntad en un lugar angosto y sin salida y rodeada por José Ángel Prenda, Jesús Escudero, Ángel Boza, el militar Alfonso Jesús Cabezuelo y el guardia civil Antonio Manuel Guerrero, todos ellos "de edades muy superiores y fuerte complexión", el fallo niega que hubiera intimidación y violencia y recalifica el crimen como “abuso sexual” bajando la condena de 24 a 9 años de cárcel.
Mientras el movimiento feminista gestiona y visibiliza su cólera, el Parlamento Europeo debate, por petición de Podemos y contra el recurso del PP, si es necesario implementar en España los convenios internacionales relativos a la violencia sexual. El ciudadano se pregunta entonces con estupefacción: ¿cómo es posible que no estuvieran ya aplicados en España tales convenios internacionales? ¿Cuál es entonces el protocolo con el que se juzgan en este país europeo los crímenes de violencia sexual? El presente conflicto que opone a los cuerpos violados y potencialmente violables contra sus jueces nos fuerza a reconocer que el estado español sigue siendo un ejemplo de la yuxtaposición de al menos tres regímenes judiciales, tres modelos de producción de verdad y justicia discordantes: sobre la estructura patriarcal franquista de la ley se han injertado algunos protocolos democráticos, todo ello salpicado de los métodos de verificación postmodernos que facilitan las técnicas digitales.
Durante 6 horas no pude hacer otra cosa que leer las 371 increíbles páginas que componen la totalidad de la sentencia, que, como no podría ser de otro modo en este régimen legal post-franquista digital, se encuentra disponible en PDF por internet en la página de un periódico generalista. La sentencia, cuya lectura les recomiendo solo si tienen un estómago fuerte y una red sólida de apoyo psicológico, podría leerse como un relato de Stephen King al que le falta una coda de Virginie Despentes.
La sentencia incluye una teoría de género, una estética de la pornografía y un tratado sobre el placer sexual desde el punto de vista patriarcal
En la sentencia se puede leer que mientras la denunciante estaba en estado de shock “fue penetrada bucalmente por todos los procesados, vaginalmente por Alfonso Jesús Cabezuelo y José Ángel Prenda, este último en dos ocasiones, al igual que Jesús Escudero Domínguez, quien la penetró una tercera vez por vía anal, llegando a eyacular los dos últimos y sin que ninguno de ellos utilizara preservativo”. Durante el desarrollo de los hechos dos de los implicados grabaron videos con sus teléfonos y tomaron fotos, que después distribuirían por las redes. La misma noche de los hechos, uno los acusados envió desde su teléfono móvil varios mensajes de WhatsApp a la “Manada” y a “Disfrutones San Fermines” en los que escribió: “follándonos a una los cinco”, “todo lo que cuente es poco”, “puta pasada de viaje”, “hay video”… y “follándonos los cinco a una, vaya puto desfase”.
Ante tales hechos, el magistrado Ricardo González ha decidido absolver a los cinco hombres del delito de agresión sexual y violación alegando que en los vídeos grabados por los acusados solo observa a cinco varones y una mujer practicando "actos sexuales en un ambiente de jolgorio y regocijo". El lector se pregunta si a lo que se refiere el magistrado es a cómo históricamente se ha autorizado a los hombres a gozar y a regocijarse del ejercicio de la violencia sexual colectivamente practicada. La sentencia incluye una teoría de género, una estética de la pornografía y un tratado sobre el placer sexual desde el punto de vista patriarcal. Las imágenes, asegura el magistrado, son "ciertamente de contenido perturbador", pero no aprecia otra cosa que "una cruda y desinhibida relación sexual, mantenida entre cinco varones y una mujer, en un entorno sórdido, cutre e inhóspito y en la que ninguno de ellos (tampoco la mujer) muestra el más mínimo signo de pudor, ni ante la exhibición de su cuerpo o sus genitales, ni ante los movimientos, posturas y actitudes que van adoptando". ¿Acaso esperaba el magistrado que los implicados en la violación, los agresores y la víctima, arreglaran el decorado y se movieran con pudor y elegancia? "No aprecio en ninguno de los vídeos y fotografías signo alguno de violencia, fuerza o brusquedad ejercida por parte de los varones sobre la mujer. No puedo interpretar en sus gestos, ni en sus palabras, en lo que me han resultado audibles, intención de burla, desprecio, humillación, mofa o jactancia de ninguna clase", asevera el juez. ¿Pero qué relación hay entre la burla, el desprecio, la humillación, la mofa o la jactancia con la imposición violenta de un acto sexual?
Ha habido dos violaciones rituales: una en un portal de Pamplona y la otra en una sala de un tribunal
La crisis que el caso ha generado es el resultado de la tensión abierta entre las convenciones sociales que rigen las instituciones judiciales y el actual proceso de emancipación feminista. El grito de “No nos representan” que se aplicaba antes a los políticos se extiende ahora contra los distintos estamentos de las instituciones judiciales. En el régimen legal posfranquista digital, las técnicas de visibilización y acceso público a las pruebas que proporcionan los medios de registro y distribución de la imagen, las redes sociales e Internet no conducen a una mayor democratización de los procesos judiciales, sino que operan como suplementos del goce patriarcal. El inconsciente patriarcal judicial se alimenta de un torbellino de mensajes, tuits, cadenas de 'hashtags' y redes de Facebook… Los magistrados miran las pruebas como si mirasen un porno y no se cortan para correrse. Las imágenes grabadas durante la agresión y los explícitos mensajes distribuidos en red no sirven como prueba incriminadora, sino como apoyos narrativos que vienen a confirmar la misoginia del sistema legal. La sentencia se convierte así en un nuevo ritual público en el que el sistema judicial repite y goza (una vez más) de la violación.
Ha habido, por tanto, dos violaciones rituales. La una se produjo en un portal de una calle de Pamplona el 7 de julio 2016. La segunda se ha producido en una sala de un tribunal de justicia del estado español y en ella han participado letrados y jueces. El primer ritual buscaba obtener un suplemento del placer y de la soberanía masculina ejercida por cinco hombres con violencia sobre una persona sola y desarmada. El segundo ritual busca proteger los derechos de los varones a usar legítimamente la violencia para obtener servicios sexuales. Si la primera violación es de orden privado, la segunda es aún más grave puesto que viene legitimada por la institución judicial. El sistema jurídico pone así una polla en cada una de nuestras bocas contra nuestra voluntad. El fallo del tribunal es una penetración sin consentimiento. Y las declaraciones del magistrado una eyaculación mediático-judicial sobre nuestros derechos. De nuevo la respuesta no puede ser reformista sino revolucionaria: no se trata de modificar solamente esta sentencia, sino de despatriarcalizar las instituciones judiciales modificando su política del género y sus técnicas de producción de verdad.




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